
En Cavipetrol, compartimos una excelente noticia que te beneficia. Pensando en tu bienestar y reconociendo tu trayectoria, la Junta Directiva ha aprobado el cruce y/o devolución parcial de hasta el 30% de tus Ahorros Permanentes.
Esta iniciativa busca brindarte un apoyo económico, permitiéndote disponer de una parte de tus ahorros. Queremos que este proceso sea lo más sencillo y transparente posible, por eso te explicamos los puntos clave:
¿Quiénes pueden solicitar la devolución de los Ahorros Permanentes?
- Tener 20 años o más de antigüedad en Cavipetrol al 30 de marzo de 2025.
- No haber solicitado la devolución de ahorros permanentes en el año 2019 o 2020.
- No estar en procesos de insolvencia, con endoso de póliza, no asegurable con crédito vigente, o con mora superior a 150 días en tus obligaciones con Cavipetrol.
- No estar en procesos disciplinarios de exclusión ni procesos de cobro judicial (Procesos Ejecutivos).
¿Cómo funciona la devolución?
- Podrás solicitar hasta el 30% del valor de tus Ahorros Permanentes, tomando como base el saldo al 30 de junio de 2025, sin incluir los rendimientos generados entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2025
- Si tienes obligaciones pendientes con Cavipetrol (créditos, seguros, etc.), el monto de la devolución se usará primero para cubrirlas. El saldo restante, si lo hay, será abonado directamente a tu cuenta FAI.
- El orden en que se compensarán tus obligaciones está detallado en el Anexo I del reglamento adjunto (Consulta el reglamento completo).
- Debes diligenciar el Formato Solicitud de Ahorros Permanentes adjunto.
¿Qué más debes saber?
- El proceso de cruce y/o devolución se completará en 15 días hábiles a partir de la radicación de tu solicitud.
- Durante este proceso, si tu línea de crédito usa tus ahorros permanentes como base, la tramitación de nuevos créditos estará en pausa hasta que finalice la devolución.
- Te notificaremos por correo electrónico o mensaje de texto una vez que tu proceso haya finalizado.
Fechas importantes para tener en cuenta:
- Podrás realizar tu solicitud por única vez entre el 1 de julio y el 29 de agosto de 2025.
- Las solicitudes se recibirán en el horario de atención al asociado en nuestras oficinas de Cavipetrol. Si no puedes ir personalmente, puedes enviar el formato autenticado ante notaria a cualquiera de nuestras sedes. Se adjunta poder.
Estamos comprometidos con tu bienestar y queremos que aproveches al máximo este beneficio. Si tienes alguna duda, no dudes en acercarte a nuestras oficinas o contactarnos a través de nuestros canales de atención habituales.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el porcentaje autorizado para la devolución de Ahorros Permanentes?
Recibe hasta el 30% teniendo en cuenta que no es sobre el total de aportes, sino por el concepto de Ahorro Permanente.

¿Los ahorros permanentes están sujetos a algún descuento adicional de impuestos al momento de su entrega
La devolución está sujeta a cobro de rendimientos generados por el ahorro permanente entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2025 y cobro de GMF cuando el valor es trasladado a créditos.
¿Cuál es la fecha de corte que se tendrá en cuenta para realizar la devolución de los aportes?
A corte del 30 de junio de 2025
¿Hasta cuándo tengo plazo de realizar la solicitud?
Las solicitudes se recibirán máximo hasta el día 29 de agosto de 2025 en los horario establecido en oficinas de Cavipetrol. Consúltalos aquí
¿Cuánto tiempo se demora el proceso después de que radico solicitud?
Se tiene estipulado un tiempo de 15 días hábiles.
¿Puedo enviar la solicitud por correo inscrito?
No, la solicitud debe ser presentada en formato original en cualquiera de las oficinas a nivel nacional.
¿Quién aprobó la devolución de ahorros permanentes?
La Junta Directiva del Fondo de Empleados de los Trabajadores y Pensionados de Ecopetrol S.A. “Cavipetrol”, en sesión ordinaria del treinta (30) de mayo de 2025 en uso de sus facultades legales y en especial las que le confieren los Estatutos.
¿Cuál es el fundamento estatutario que soporta la devolución?
Según lo establecido en el Artículo 27 de los Estatutos de Cavipetrol, indica:

¿Por qué solamente se realiza la devolución del 30%?
El porcentaje se estableció según consenso de Junta Directiva en asamblea extraordinaria.
¿Por qué no me llego notificación como a mis compañeros?
únicamente se notificó a los asociados que tienen derecho a esta devolución, ya que para poder acceder se debe cumplir con las características estipuladas en reglamento aprobado en Asamblea por la Junta Directiva.
¿Quiénes no aplican para la devolución?
- -Asociados que tomaron el cruce en los años 2019 y 2020.
- -Asociados Insolventes.
- -Asociados con endoso de póliza.
- -Asociados no asegurables.
- -Asociados con mora superior a 150 días al momento de la solicitud de la devolución.
- -No aplica para procesos de exclusión artículo 88 y 89 del estatuto.
- -Asociados en procesos ejecutivos – jurídicos.
- -Asociados que no cumplen con antigüedad de 20 años al 30 de marzo de 2025.
Si recojo las carteras de mis créditos Cavipetrol vigentes, ¿el saldo me lo abonan a la cuenta FAI?
No, se debe abonar a la línea de crédito que el asociado desee, para pasar a FAI no debe contar con productos de crédito vigentes.
¿Puedo abonar a créditos una parte y el saldo a la cuenta FAI?
No, si presenta créditos vigentes se deben cubrir en su totalidad y si sobran recursos si se trasladan a cuenta FAI.
¿Si un asociado tiene más de 12 meses en mora en aportes, se hace cobro solo de los últimos 12 meses?
Para el proceso se podría recoger solo los 12 meses, pero lo preferible es poder dejar al día a la persona.
¿Qué se hace en la situación de cobro por gastos judiciales?
Se deben recoger todas las cuentas por cobrar a cargo del asociado, incluyendo los gastos judiciales.
Si el asociado paga la cartera en mora, aun cuando no se encuentre dentro de la base de asociados que tiene derecho al retiro parcial de aportes, ¿podría acceder a devolución de aportes?
No, aplica únicamente para los asociados que cumplen con la totalidad de los requisitos. Ver reglamento aquí
En el documento “Anexo I – ítem 3; Abono Capital: Créditos de pago por caja o de modalidad mixta” ¿En el caso de un crédito con garantía hipotecaria que se paga por caja, cómo se maneja?
Si el asociado desea dejar vigente este crédito, su garantía es el inmueble hipotecado.
Según el reglamento, numeral 7: “Si el asociado presentó mora mayor a 31 días durante los últimos doce meses, solo podrá aplicar para la compensación de saldos en mora y abono a capital de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 7”. ¿si el asociado no tuvo cartera superior a 31 días en los últimos 12 meses, se recoge la cartera y el diferencial del retiro de aportes va al FAI?
No, se debe abonar o cancelar en su totalidad los créditos, si sobran recursos se hará devolución a cuenta FAI.
¿La edad de la cartera estará en la base?
La información estará actualizada con los 150 días que menciona el reglamento numeral 7.
¿Toda la información que se necesita para los procesos de devolución de ahorros permanentes estará registradas en la base?
La base contiene todos los parámetros que se establecieron en reglamento.
¿Es la primera ocasión que ofrecen este retiro?
No, en el año 2019 y 2020 se realizó el mismo proceso.